jueves, 10 de marzo de 2011

Información Fiscal: Sircreb

¿QUE ES EL SIRCREB?
El SIRCREB es un Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias para posibilitar el cumplimiento de los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras.
¿QUIENES SON LOS AGENTES DE RECAUDACIÓN SIRCREB?
El universo de Agentes de Recaudación son las entidades financieras regidas de acuerdo a las normas dictadas por el Banco Central de la República Argentina.
¿CUAL ES LA NORMATIVA VIGENTE?
El SIRCREB fue aprobado por Resolución General Nº 104/04 de la Comisión Arbitral.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias “SIRCREB” a través de las siguientes normas:
- Resolución Nº 816-MHGC-2007 (B.O. 2674), para los contribuyentes del Convenio Multilateral cuya puesta en vigencia fue a partir del 1 de junio del 2007.
- Resolución Nº 2355-DGR-2007 (B.O. 2772), que establece un régimen de iguales características para quienes revistan o asuman la calidad de contribuyentes de la Ciudad comprendidos en la categoría Locales; cuya puesta en vigencia fue a partir del 1 de octubre del 2007.
- Resolución Nº 37-AGIP-2008 (B.O. 2866) se incorporan al mencionado sistema aquellos contribuyentes que no han presentado Declaración Jurada ni efectuado pago durante varios períodos.
- Resolución Nº 220-AGIP-2008 (B.O. 2915) y Resolución Nº 1521-DGR-2008 (B.O. 2930), a través de las cuales se establece el universo de contribuyentes considerados de Alto Riesgo Fiscal.
- Resolución Nº 4154-DGR-2008 (B.O. 3066), establece los cambios de alicuotas para contribuyentes encuadrados en la categoría de locales, a partir del 1 de diciembre de 2008.
¿QUIENES INTEGRAN EL PADRON DE SUJETOS PASIBLES DE RETENCION?
Todos aquellos contribuyentes que se encuadren en las normas precitadas; el Padrón de sujetos pasibles de retención se confecciona con una frecuencia mensual, y los contribuyentes que forman parte del mismo, ingresan con la alícuota correspondiente a la actividad de mayor ingreso según la declaración jurada presentada. En los Anexos de las normas vigentes se detallan los códigos de Actividad y las alícuotas aplicadas para cada una de ellas.
En el caso de los sujetos considerados de Alto Riesgo Fiscal ingresan al sistema con la alícuota mas alta vigente.
A fin de corroborar su situación los contribuyentes deberán ingresar a la pagina web www.sircreb.gov.ar, y luego acceder a la opción “MODULO DE CONTRIBUYENTES”
En esta opción se les solicitará el ingreso de la CUIT y el período, con relación a este último dato se deberá ingresar el año en cuatro dígitos y seguidamente el mes en dos dígitos. A modo de ejemplo si se desea verificar si el contribuyente esta incluido en el Padrón de sujetos pasibles de retención en el mes de agosto se deberá ingresar “200808”.
La consulta devolverá los coeficientes de distribución (en el caso que se encuentre incluido en el padrón para el mes de la consulta), o bien le informará que no está incluido en dicho padrón para el mes consultado.
La retención se efectúa a la cuit del contribuyente que figura en el Padrón para ese período, teniendo presente que el sujeto puede ser titular o cotitular de una o más cuentas a la vista abiertas en las entidades financieras, y es este sujeto en cuestión quien debe deducirse las retenciones sufridas por el sistema, en sus declaraciones juradas en el anticipo correspondiente al mes en que le fueran efectuadas..
En el caso de los contribuyentes que revistan en el marco del Convenio Multilateral además podrán visualizar, como resultado de esta consulta el coeficiente de distribución correspondiente, a ese período, para cada jurisdicción. Teniendo presente que el mismo puede variar, en virtud de ser este recalculado por el sistema entre las jurisdicciones adheridas al mismo.
Otro dato a visualizar como resultado de este procedimiento es la alícuota que será aplicada en ese período.
IMPORTANTE:
Si el contribuyente no se encuentra incluido dentro del padrón del Sistema SIRCREB e igualmente está siendo objeto de retenciones bancarias, previo a realizar la consulta debe verificar alguna de las siguientes situaciones:
- que el débito sufrido esté identificado con la leyenda "Régimen Sistema SIRCREB": si no es así puede ocurrir que sea objeto de un régimen de acreditación bancaria local de una jurisdicción no adherida al Sistema.
- que alguno de los cotitulares de la cuenta objeto de la retención esté incluido en el padrón del Sistema y por ese motivo fue efectuado el débito.
¿CUALES SON LAS ALICUOTAS VIGENTES?
ALICUOTAS VIGENTES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2009:
A->0,01 %
B->0,05 %
C->0,10 %
D->0,20 %
E->0,30 %
F->0,40%
G->0,50%
H->0,60 %
I->0,70 %
J->0,80 %
K->0,90 %
L->1,00 %
M->1,10 %
N->1,20 %
O->1,30 %
P->1,40 %
Q->1,50 %
R->1,60 %
S->1,80 %
T->2,00 %
U->2,50 %
V->3,00 %
W->3,50 %
X->4,00 %
Y->4,50 %
Z->5,00 %